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Fusiones y Adquisiciones en las inversiones en Grecia

Kosmidis y Asociados, abogados

Socios en materia de negocios internacionales en Grecia

Fusiones y Adquisiciones en las inversiones en Grecia – información jurídica respecto a la adquisición, la reestructuración, la concentración, la unión y la segregación de empresas.

Son muchas y variadas las oportunidades empresariales que han surgido como resultado de un mercado interior europeo sin límites, de la expansión constante del mercado doméstico y de las peculiaridades de cada país, así como las diferentes etapas de desarrollo de los Estados miembros. En el proceso, no son sólo los “actores globales”, es decir, las grandes empresas, que se enfrentan a la cuestión de expansión en el extranjero, pero también las empresas medianas y las compañías que desearían obtener una parte de los beneficios de un ampliado mercado interno.

A la hora de invertir en Grecia, las empresas alemanas se enfrentan con la opción de establecer una nueva empresa o asumir o invertir en una compañía existente. Además de la posibilidad de formar una nueva compañía en Grecia, el inversor tiene también la opción de asumir o invertir en una empresa griega existente. Estas transacciones comerciales, como las fusiones, las adquisiciones o las inversiones en empresas se llaman “Fusiones y Adquisiciones” o “M & A” por sus siglas en inglés.

1. Fusiones y Adquisiciones en Grecia
2. Adquisición de una empresa
2.1 Proceso de adquisición de una empresa
2.2 Auditoría (evaluación comercial)
2.3 El contrato de venta
2.4 Leyes antitrust
3. Reducción de impuestos como resultado de la reestructuración, fusión y segregación
4. Reestructuración de una empresa por medio de un cambio en la estructura social
5. Concentración / unión en el caso de una sociedad anónima
6. Segregación de una sociedad anónima

1. Fusiones y Adquisiciones en Grecia

Desde la segunda mitad del año 2004, el mercado global de transacciones M & A se ha vuelto mucho más atractivo. Esta tendencia no ha parado en Grecia como han demostrado varias adquisiciones realizadas últimamente. La adquisición o la inversión en otras empresas puede ayudar a mejorar la posición de una sociedad en el mercado y proporcionar reducciones de impuestos, también, para las empresas medianas.

Entre otros factores, el empresario alemán que está contemplando la posibilidad de adquirir una empresa griega debe tener en cuenta que los beneficios reales derivados del total de las empresas individuales después de una adquisición pueden ser mayores que el beneficio derivado de una empresa por separado. En este caso, lo primero que hay que considerar son los efectos sinérgicos.

Es posible que hasta que se establezcan y se generen ventas, el crecimiento orgánico mediante la creación y el desarrollo de una nueva empresa en el extranjero por la propia cuenta del empresario puede ser muy costoso en términos de tiempo. La adquisición de un negocio ya existente que está bien establecido en el mercado puede, por un lado, crear una presencia en el mercado y una generación de ventas inmediata e incluso una expansión inorgánica de la estructura social existente. Otra razón decisiva podría ser la marca de una compañía específica, su ubicación, su capacidad de producción disponible de inmediato, etc.

La participación de un inversor, por otra parte, puede ofrecer una nueva inyección de liquidez y ayudar a mejorar la posición de una empresa existente en el mercado o, en el caso de la venta de una empresa, también puede resolver la cuestión de la sucesión.

Cualquiera que sea la alternativa elegida, la empresa tendrá que informarse del marco regulatorio y de las convenciones sociales y económicas en Grecia. Otra consideración importante es la interacción internacional entre la empresa alemana (madre) y la empresa griega (filial).

Sin embargo, la integración estable del mercado interior de la UE se ve impedido por una avalancha de leyes nacionales, que han sido armonizadas sólo en parte hasta la fecha, y las características distintivas de la legislación nacional en determinados países. En el pasado, sólo los grandes conglomerados y las sociedades tenían que afrontar las peculiaridades regionales. En cambio hoy, como resultado de la creación del mercado interior europeo, las pequeñas y medianas empresas se enfrentan cada vez más a legislaciones y reglamentos nacionales diferentes.

Lo que sigue a continuación pretende destacar algunas alternativas para la creación de una nueva empresa.

2. Adquisición de una empresa

La adquisición de una empresa es un asunto complejo, con una gran cantidad de cuestiones detalladas que deben ser aclaradas. Hay que hacer una distinción entre las fases de preparación, transacción e integración. El primer requisito es, por lo tanto, un plan que definirá las etapas individuales y el proceso previsto.

2.1 En lo que se refiere a la adquisición de una empresa, el proceso, en general, es el siguiente:

Si no se ha elegido una sociedad específica a adquirir, los objetivos potenciales de compra deben, en primer lugar, examinarse conforme a las especificaciones.
Se pone en contacto con la sociedad-meta en cuanto se decida cuál será. En este momento puede ser útil contratar a un asesor, abogado o asesor fiscal especializado en fusiones y adquisiciones.
Si la sociedad-meta desea ser adquirida, se firmará un acuerdo de confidencialidad sobre el intercambio de informaciones futuras por razones comprensibles (convergencia, determinación de intereses convergentes, etc.).
Si durante la discusión inicial las partes expresan un interés común en seguir adelante con las negociaciones de adquisición, se firma generalmente una “LOI”, es decir una Carta de Intenciones y se ponen de acuerdo sobre las tácticas de negociaciones futuras, con la ayuda de un asesor, según el caso.
La siguiente etapa requiere una evaluación cuidadosa del negocio. Durante lo que se conoce como “Auditoría”, se hace una distinción entre la “auditoría legal” y la “auditoría financiera”, es decir, se prepara una revisión legal y financiera de la sociedad-meta.
A continuación se elabora la organización final de la adquisición prevista sobre la base del resultado de la auditoría.
Después o al mismo tiempo se llevan a cabo las negociaciones de precio.
Cuando se trate de grandes transacciones, se celebra, en general, un contrato una vez que la adquisición prevista haya sido notificada a la autoridad competente sobre asuntos de competencia.
Si se firma el contrato, se debe asegurar la óptima entrega y la continuación de las operaciones.

2.2 Auditoría (evaluación comercial)

La auditoría desempeña un papel importante en la adquisición de una empresa. Se tiene que cotejar la información relacionada con la empresa a fin de evaluar el negocio y reducir los riesgos evidentes y ocultos asociados con la transacción, y evaluar los puntos fuertes y las debilidades inherentes a la adquisición prevista, por un lado, y las oportunidades y los riesgos, por otro lado. Toda la información, hechos y características particulares deben señalarse en el informe de auditoría (en particular para fines de documentación y probatorios). La auditoría debe contener toda la información pertinente sobre el negocio, es decir:

datos de la empresa desde su constitución,
información sobre la dirección estratégica de la empresa, su política comercial, etc.,
entorno de la empresa y condiciones marco dominantes,
situación financiera y, en particular, activos de la empresa, flujo de efectivo, liquidez y rentabilidad,
organización de la gestión y normas técnicas de la empresa,
nivel de personal,
situación jurídica y fiscal,
cuestiones relativas al medio ambiente y la contaminación residual.

2.3 El contrato de venta

Si la auditoría se ha llevado a cabo de manera satisfactoria y el precio de venta se ha establecido, es necesario elaborar el contrato de venta de la empresa. En Grecia, los contratos de venta de una empresa se rigen por las respectivas disposiciones generales de derecho civil definidas en el Código Civil griego (en griego: AK = Astikos Kodikas) sobre la venta y la legislación de garantías y, en función de las condiciones contractuales se aplican otras disposiciones pertinentes del Código Civil griego. El Código Comercial griego contiene otras normas pertinentes (en griego: Emporikos Kodikas).

Además de los “essentialia negotii”, es decir, los elementos esenciales de las partes, el contrato de venta contiene una descripción precisa del objeto de la venta y el precio de venta, así como reglamentos relativos a garantías, seguros y avales, que forman parte integrante de cualquier contrato de venta de una empresa. Por regla general, el contrato contiene, también, cuestiones relativas a la asunción de derechos y obligaciones derivados de las relaciones contractuales existentes de la sociedad-meta, posibles exenciones de responsabilidad y reclamaciones prescritas, sanciones contractuales, prohibiciones de competencia y arreglos para anular la transacción en caso de incumplimiento de las obligaciones principales.

En caso de que el vendedor viole las obligaciones en virtud del contrato de venta, el comprador tendrá la oportunidad de reducir el precio de venta y obtendrá el derecho de reparar o sustituir la entrega. Si se retrasa la ejecución del contrato o no se produce en absoluto, el comprador puede exigir su cumplimiento, así como una indemnización, o la rescisión del contrato de venta y la reclamación de indemnización por incumplimiento.

En el caso de sociedades anónimas, la adquisición o la inversión se lleva a cabo como parte de lo que se conoce como un “share deal”, es decir un contrato de compraventa de acciones con el que se transfieren las acciones a la empresa en cuestión. En el caso de una sociedad de responsabilidad limitada, esto se lleva a cabo con la transferencia de participaciones y en el caso de una sociedad anónima no cotizada en bolsa, la transferencia se realiza con la adquisición de acciones. Aunque la venta de participaciones en una sociedad de responsabilidad limitada requiere la celebración de un contrato de venta ante notario, en el caso de una sociedad anónima, las acciones al portador pueden transferirse mediante un acuerdo de venta al contado (holográfico). Sin embargo, se tendrán que observar ciertas formalidades a la hora de transferir acciones nominativas. Por otra parte, cuando se trate de sociedades a responsabilidad limitada cotizadas en bolsa, las participaciones se compran en la bolsa.

La compra de los activos de una empresa griega se llama “asset deal” (acuerdo sobre activos) y se considera esta opción si el énfasis no es sobre la transferencia de la empresa en sí, sino en la transferencia de sus activos.

2.4 Leyes antitrust

Si la adquisición de la empresa crea una sociedad especialmente grande, o si ocupa una posición dominante en el mercado, la compra debe revisarse también desde el punto de vista de la legislación antitrust griega. En este caso, con arreglo a la Ley 703/77, la legislación antitrust griega se aplica a la adquisición de empresas a nivel nacional y la legislación antitrust europea a adquisiciones de sociedades internacionales.

3. Reducción de impuestos como resultado de la reestructuración, fusión y segregación

El Estado griego concede generosas reducciones de impuestos en casos de reestructuraciones, uniones y segregaciones de acuerdo con la Ley sobre Sociedades de Responsabilidad Limitada y la Ley sobre Sociedades griegas. Las leyes 2166/1993, 1297/1972 y 2386/1996 contienen las disposiciones legales pertinentes. Con arreglo al Art. 3, Ley 2166/1993, no se perciben impuestos y tasas sobre la transacción. Según el Artículo 3 de la ley 1297/1972 (cuyo efecto se ha extendido hasta el 30/12/2008 por el Artículo 25 de la ley 3427/2005) la transferencia de, entre otras cosas, bienes inmuebles como parte de la reestructuración y la unión de empresas está exenta de impuestos.

Según el Artículo 7 de la Ley 2386/1996, hasta el 25% del beneficio neto está exento de impuestos sobre la renta para los cinco primeros ejercicios a fin de reforzar las empresas medianas que se han creado como resultado de la fusión de todas las formas de empresas recién constituidas o absorbentes (sociedades colectivas o comanditarias, sociedades de responsabilidad limitada, sociedades anónimas). (Sin embargo, la empresa adquirida no puede ser una sociedad anónima).

Debido a estas circunstancias puede ser extremadamente sensible cambiar de la constitución de una nueva empresa a la adquisición de una empresa existente (por ejemplo, mediante la fusión/unión o la segregación) y así disfrutar de las reducciones de impuestos y obtener otras ventajas a través de un cambio en la estructura social.

4. Reestructuración de la empresa mediante un cambio en la estructura social

La anterior estructura jurídica de una empresa existente puede cambiarse a una estructura jurídica diferente por medio de una reestructuración que implique un cambio de forma. Esto se llama reestructuración de la empresa. Grecia no tiene una ley precisa sobre la reestructuración. Algunos de los reglamentos pertinentes figuran en la Ley sobre Sociedades griegas 2190/1920 (Artículo 66 de la versión vigente de la Ley sobre Sociedades, según ha sido enmendada por la Ley 2339/1995) y el Artículo 67 de la versión vigente de la Ley sobre Sociedades, según ha sido enmendada por la ley 409/1986). La Ley griega sobre Sociedades Anónimas 3190/1955 (versión vigente del Artículo 51 de la Ley sobre Sociedades de Responsabilidad Limitada, modificada por la Ley 2339/1995 y Artículo 53 de la Ley sobre Sociedades de Responsabilidad Limitada) contiene, también, reglamentos pertinentes.

De acuerdo con esta ley, las entidades jurídicas con sede en Grecia pueden reestructurarse por medio de fusión/unión, segregación (escisión, cesión, enajenación) y transferencia de activos o cambio de estructura.

Con arreglo al Artículo 51 de la Ley sobre Sociedades de Responsabilidad Limitada y el Artículo 66 de la Ley sobre Sociedades, la reestructuración de una sociedad anónima griega (Anonymi Etería = AE) en una sociedad de responsabilidad limitada (Etería Periorismenis Efthinis = EPE) a través de un cambio de estructura tiene lugar por medio de una resolución certificada por notario que disponga la aprobación de la reestructuración por la asamblea general de la entidad jurídica que desee cambiar de estructura, tras previa evaluación de sus activos y pasivos. La resolución que apruebe la reestructuración y las declaraciones de consentimiento de los accionistas individuales deben registrarse por un notario. Las disposiciones sobre constitución relativas a la nueva estructura jurídica deben aplicarse al cambio de estructura.

Según el Artículo 67 de la Ley sobre Sociedades griega, la reestructuración de una sociedad de responsabilidad limitada griega en una sociedad anónima requiere una resolución aprobada por una mayoría de tres cuartas partes de la Asamblea General, tras previa evaluación de sus activos y pasivos. La resolución de reestructuración debe contener los estatutos de la sociedad anónima, datos sobre la composición de la primera Junta Directiva y la siguiente información y debe presentarse al Ministerio de Comercio o su sucursal en la prefectura local para su aprobación.

La resolución sobre reestructuración certificada por notario contiene:

La estructura jurídica que asumirá la entidad jurídica como resultado del cambio de estructura
Nombre de la entidad jurídica o estilo en su nueva estructura jurídica
Una inversión del accionista anterior en la entidad jurídica con arreglo a las disposiciones aplicables a la nueva estructura jurídica, si su inversión no vence de acuerdo a este registro
Número, tipo y grado de las acciones o capacidades que adquirirán los accionistas como resultado del cambio de estructura, o que deban concederse a un socio personalmente responsable que entra en la sociedad
Los derechos de los accionistas individuales y titulares de derechos especiales
Otras normas según sea el caso
Los estatutos codificados de la sociedad de responsabilidad limitada (información mínima con arreglo al Artículo 6, nombre, sede, objeto y duración de la empresa, datos sobre los socios, capital social y acciones de socios).

Los activos y pasivos de la empresa deben evaluarse por adelantado. La reestructuración está sujeta a las disposiciones sobre publicidad de la Ley sobre Sociedades de Responsabilidad Limitada.

La reestructuración de una sociedad colectiva (Omorhythmi Etería / E.E.) en una sociedad de responsabilidad limitada (Eterorhythmi Eteria/E.E.) por medio de un cambio de estructura ocurre según el Artículo 53 de la Ley griega sobre Sociedades de Responsabilidad Limitada, a través de un acuerdo de reestructuración certificado por notario. El acuerdo notarial contiene la información indicada anteriormente para la sociedad anónima.
Salvo disposición contraria en la escritura, con arreglo al Artículo 67, §2 de la Ley sobre Sociedades, la reestructuración de una sociedad colectiva o comanditaria en una sociedad anónima ocurre como resultado de una resolución unánime de todos los socios con previa evaluación de los activos y pasivos.

El nombre de la entidad jurídica que cambia de estructura puede conservarse como parte del nombre de la sociedad de responsabilidad limitada. Tras la constitución, los socios personalmente responsables de las sociedades colectivas y comanditarias responderán por el antiguo pasivo de la sociedad que cambia de estructura hasta que se hayan cumplido los requisitos de publicidad.

5. Concentración/unión en el caso de sociedades anónimas griegas

De conformidad con el Artículo 68 et seq. de la Ley sobre Sociedades griegas y el Artículo 54 de la Ley sobre Sociedades de Responsabilidad Limitada la unión de sociedades de responsabilidad limitada o anónimas es posible en estos dos casos:

con la constitución de una nueva empresa como resultado de la transferencia de activos, en cada caso en su totalidad, de dos o más empresas (sociedades transmitentes) a una nueva empresa (sociedad de responsabilidad limitada o anónima) formada(s) por ellos, o
por medio de absorción como resultado de la transferencia de activos, en su totalidad, de una persona jurídica o varias entidades jurídicas (persona jurídica transmitente) a otra entidad jurídica existente (persona jurídica beneficiaria).

En caso de unión, la sociedad transmite todos sus activos a una o más empresas existentes o recién constituidas.

De conformidad con el Artículo 54 de la Ley griega sobre Sociedades de Responsabilidad Limitada, para una sociedad de responsabilidad limitada la fusión debe aprobarse por mayoría de tres cuartos de los votos de las empresas participantes. La fusión puede realizarse sólo dos meses después de que se hayan cumplido los requisitos de publicidad, siempre que los acreedores de la sociedad no hayan presentado objeciones. Además, según el Artículo 55 de la Ley sobre Sociedades de Responsabilidad Limitada, las partes deben concluir un contrato de concentración/unión ante notario, el cual contendrá la información pertinente de acuerdo con las disposiciones materiales de la Ley sobre Sociedades de Responsabilidad Limitada.

Cuando se trate de una sociedad anónima, la fusión se rige por los Artículos 68-80 de la Ley griega sobre Sociedades (Ley 2190/1920, versión vigente de los Artículos 68-80, según ha sido enmendada por el Decreto Presidencial 497/87). En virtud del Artículo 72 de la Ley sobre Sociedades, la fusión requiere una resolución de la asamblea general de todos los accionistas implicados en la unión. Según el Artículo 69 de la Ley sobre Sociedades, se requiere primero un contrato de concentración/unión.

El borrador o el contrato de unión debe contener la siguiente información:

La estructura especial de la empresa, los nombres o los nombres de la sociedad, las sedes de las empresas implicadas en la concentración / unión y sus números de registro.
La proporción de las acciones a convertir y el valor de la contribución adicional en efectivo con arreglo al Art. 68 de la Ley sobre Sociedades.
Los detalles de la transferencia de las nuevas acciones emitidas por la empresa que adquiere la sociedad meta.
Las circunstancias en las que las acciones conceden a la(s) sociedad(es) transmitente(s) el derecho a una participación en el beneficio contable, y demás información con respecto a este derecho.
Las circunstancias en las que las acciones de la(s) sociedad(es) transmitente(s) se consideran que corren por cuenta de la empresa que adquiere la sociedad-meta (fecha de fusión) y la utilización de los beneficios que se derivan desde este punto hasta la finalización de la fusión de conformidad con los Artículos 74 y 75 de la Ley sobre Sociedades.
Los derechos que otorga la sociedad adquirente a accionistas individuales y titulares de derechos especiales (como acciones sin derecho de voto, acciones preferentes, acciones con derecho de voto múltiple, bonos y préstamos participativos), o las medidas destinadas a estas personas.
Cualquier beneficio especial concedido a un miembro de un órgano de dirección ejecutivo de las empresas implicadas en la fusión y un auditor · Acuerdo sobre la transferencia de activos en su totalidad por cada sociedad transmitente a cambio de la concesión de acciones en la sociedad absorbente.
Varios otros reglamentos, en función de sus características particulares, según corresponda

En virtud del Artículo 69 §4 de la Ley sobre Sociedades, la Junta Directiva de cualquier empresa involucrada en la fusión debe preparar un informe de auditoría detallado, que explique el acuerdo de fusión desde un punto de vista financiero y jurídico. En particular, el informe de auditoría contendrá detalles sobre la proporción de acciones a convertir y, en virtud del Artículo 71 de la Ley sobre Sociedades, concluirá con una declaración sobre si el tipo de conversión propuesto (el valor de la contribución adicional en efectivo o la sociedad colectiva o comanditaria en el caso de la adquisición de una entidad jurídica absorbente, según sea el caso) constituye una contraprestación adecuada. Deberá indicar los métodos utilizados para determinar el tipo de conversión propuesto, las razones por las que el uso de estos métodos es apropiado y el tipo de conversión o contraprestación, respectivamente, que resultaría con la utilización de métodos diversos. Al mismo tiempo, debe definir la importancia que se atribuye a los diversos métodos para determinar el tipo de conversión propuesto o la contraprestación y sus valores subyacentes y los problemas particulares que surgieron a la hora de evaluar las entidades jurídicas.

En virtud del artículo 74 de la Ley sobre Sociedades, el acuerdo de fusión deberá ser aprobado por el Ministerio de Comercio griego (> prefectura local). Las resoluciones de la asamblea general sobre la fusión se presentarán para este fin, junto con el acuerdo de fusión certificado por un notario, además de una declaración según la Ley 1599/1986. Las obligaciones de información pertinentes deben respetarse en cada etapa.

La fusión por medio de la constitución de una nueva empresa ocurre según el Artículo 80 de la Ley sobre Sociedades, con la correspondiente aplicación de las disposiciones sobre fusiones establecidas en los Artículos 68 a 77 de la Ley sobre Sociedades. Una nueva empresa surge de la fusión de las empresas anteriores.

6. Segregación de una sociedad anónima

La segregación de sociedades anónimas griegas se rige por los Artículos 81-89 de la Ley sobre Sociedades (versión actual vigente, según ha sido enmendada por el Decreto Presidencial 498/1987) y es posible ya sea como resultado de la fusión, la constitución de una nueva empresa o la constitución de una nueva empresa por fusión.

La segregación por fusión/unión se entiende como la transferencia de todos los activos de una sociedad anónima (con disolución, pero sin liquidación) para su adopción como resultado de la transferencia simultánea de los activos a otra sociedad anónima existente (persona jurídica adquirente).
La segregación mediante la constitución de una nueva empresa se entiende como la transferencia de todos los activos de una sociedad anónima (con disolución, pero sin liquidación) a otras sociedades anónimas constituidas al mismo tiempo a cambio de la concesión de participaciones o del derecho de participación como miembro en estas sociedades anónimas a los accionistas de la sociedad anónima transmitente (escisión).
La segregación mediante la fusión/unión y la constitución de una nueva empresa se entiende como la transferencia de todos los activos de una sociedad anónima (con disolución, pero sin liquidación) a otras sociedades anónimas existentes y a otras sociedades anónimas constituidas al mismo tiempo a cambio de la concesión de participaciones o del derecho de participación como miembro en estas sociedades anónimas a los accionistas de la sociedad anónima transmitente (escisión).

En virtud del Artículo 84 de la Ley sobre Sociedades, la escisión requiere las resoluciones de las asambleas generales de todas las sociedades implicadas. En virtud del Artículo 82 de la Ley sobre Sociedades, las juntas directivas de las sociedades implicadas en la escisión deben celebrar un acuerdo de escisión escrito. Por analogía, este acuerdo contiene la información especificada anteriormente en el caso de la fusión/unión. Las declaraciones sobre fusión y los Artículos 71-74 de la Ley sobre Sociedades se aplican en el informe de auditoría, las obligaciones de publicidad, etc.

Según el Artículo 88 de la Ley sobre Sociedades, las disposiciones sobre segregación de los Artículos 82-86 de la Ley sobre Sociedades son de aplicación en el caso de segregación mediante la constitución de una nueva empresa.

La segregación mediante fusión y constitución de una nueva empresa se produce según el Artículo 89 de la Ley sobre Sociedades, con la correspondiente aplicación del Artículo 81 §4, 82-87, o del Artículo 88 de la Ley sobre Sociedades.