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El Acuerdo de Franquicia en Grecia
Dentro del ámbito de la franquicia, el franquiciador concede al franquiciado una empresa con una estructura de organización marcada de un elevado nivel tecnológico. En el proceso, el franquiciado es un empresario totalmente independiente, que utiliza e implementa el paquete de franquicia para su propia empresa comercial que dirige de manera autónoma. Normalmente, tiene que ver con un concepto comercial, concedido por el franquiciador al franquiciado por medio de un contrato de licencia. El paquete de franqucia es, ante todo, un concepto de ventas organizado para bienes y servicios. El objeto de este paquete consiste en métodos particulares de venta y distribución, bienes o marcas comerciales, nombres comerciales, marcas registradas, denominaciones comerciales en palabras e imágenes, formas de negocio, sistemas subsidiarios, derechos de autor, conocimiento y experiencia técnica (know-how) y derechos de patente.
Concepto de franquicia
La franquicia comprende, principalmente, la integración del franquiciado en el sistema de distribución del franquiciador. Esta inclusión consiste en la prestación de apoyo técnico y organizativo (a largo plazo) para el franquiciado, lo cual se logra, particularmente, con la formación del personal, la provisión de operaciones de negocio y asesoramiento en asuntos organizativos, técnicos, empresariales y económicos, con el objeto de alcanzar un elevado nivel de coordinación con el concepto de la franquicia.
Desde el punto de vista económico, la franquicia es un sistema de venta y distribución de productos y servicios prestados a los consumidores y consecuentemente un concepto estructurado y organizado de publicidad y distribución, con la intención de sacar beneficios económicos de la venta y la distribución de productos y servicios específicos al mercado, a través de la asociación de dos o más entidades comerciales que están legalmente independientes. El objetivo es desarrollar una red de distribución estrecha, con un nombre o marca comercial, dentro de la cual el franquiciado aprovecha la experiencia del franquiciador y se integra en una red de clientes existente una vez que se haya constituido la empresa, en el interés mutuo de las empresas.
A pesar de la integración en el sistema de distribución del franquiciador, el franquiciado sigue siendo un comerciante independiente y actúa en nombre propio, a su cuenta y riesgo. Esta es la distinción fundamental entre el franquiciado y un representante comercial. El franquiciado debe aclarar su situación para impedir que se considere legalmente al mismo como el representante del franquiciado. De lo contrario, se podría hacer responsable.
El acuerdo de franquicia
Las empresas asociadas de esta manera están representadas en el mercado como una entidad única sobre la base de lo que se llama “acuerdo de franquicia”, un contrato de cooperación a largo plazo, cuyo objeto es la producción y la distribución de bienes y servicios específicos a los consumidores. El acuerdo de franquicia manifiesta la asunción de obligaciones recíprocas y se concluye normalmente a cambio de una contrapartida.
El acuerdo de franquicia es, por lo tanto, un contrato cuyo objetivo es alcanzar ventajas económicas para ambas partes, con muchas estructuras del sector de marketing. El cumplimiento del contrato depende, en gran medida, de las actividades del franquiciado. Éste último utiliza las características distintivas de los productos y servicios, así como el conocimiento técnico del franquiciador para distribuir los productos o servicios acordados por el contrato. La integración en la red de distribución del franquiciador obliga al franquiciado a seguir las instrucciones del franquiciador respecto a los métodos de distribución, constitución y gerencia de la operación de negocio, a distribuir ciertos tipos de productos determinados o aprobados por el franquiciador y finalmente a participar de manera activa en la campaña publicitaria del franquiciador.
Cooperación comercial a largo plazo entre dos unidades de negocio económicamente independientes,
Integración del franquiciado en el sistema de distribución del franquiciador,
Concesión del uso y de la explotación del paquete de franquicia al franquiciado y consecuentemente prestación de servicios inmateriales combinados en la forma de propiedad industrial o intelectual,
Un conocimiento técnico que se renueva constantemente, enriquecido con nuevas experiencias valiosas, poniendo énfasis, sobre todo, en los ámbitos de marketing, merchandising, provisión y distribución de productos y servicios, publicidad, contactos, formación, organización y gestión administrativas, constitución y fundación de la operación de negocio,
Apoyo y asesoramiento a largo plazo para el franquiciado,
Operación y gestión del negocio según el sistema de franquicia, la marca comercial y la patente del franquiciador, y
Pago de una contrapartida por el franquiciado
Formas de franquicia
Al igual que cualquier contrato comercial, el acuerdo de franquicia ocurre en varias formas, en general como una franquicia de distribución o servicios. La franquicia de distribución tiene que ver con el uso y la implementación del sistema de distribución del franquiciador, con el objetivo de vender los productos establecidos en el contrato en los locales comerciales del franquiciado.
Las subcategorías de la franquicia de distribución son, por una parte, la franquicia del fabricante-franquiciador, en la que se pueden vender únicamente los productos del franquiciador, y la franquicia del franquiciador-distribuidor, en la que el franquiciador especifica los productos que elige y transmite la orden de fabricación de los productos a terceros, según las características y las especificaciones estipuladas por el mismo. En este último caso, también es habitual que el franquiciador compre los productos en virtud de un contrato separado con el fabricante.
En el caso de la franquicia de servicios, el franquiciado utiliza el sistema de distribución del franquiciador, con el objetivo de prestar los servicios establecidos en el contrato en sus propios locales comerciales, siguiendo los métodos de venta especificados por el franquiciador.
Asimismo, existe la franquicia del fabricante, en la que el franquiciado fabrica o modifica los productos según las especificaciones del franquiciador y a continuación los vende bajo la marca comercial del franquiciador.
La “franquicia mixta”, que combina la venta de productos y servicios, es también un concepto reconocido por la legislación griega.
Además, la legislación griega hace una distinción entre
Naturaleza jurídica del acuerdo de franquicia
Al ser una relación contractual a largo plazo, el acuerdo de franquicia está concebido como un acuerdo mixto. El objeto habitual del contrato es la prestación de servicios y la concesión de intangibles, aún si la compra o venta se ha acordado para ventas posteriores.
La duración de la relación contractual que rige la cooperación entre las partes en virtud del contrato y el Derecho Comercial puede concluirse por un período de tiempo determinado o indeterminado.
El acuerdo de franquicia se debe entender como un acuerdo principal, porque la asunción de ciertas obligaciones recíprocas para alcanzar un objetivo económico superior queda estipulada en este acuerdo. La obligación del franquiciador de conceder el uso del conocimiento técnico y de apoyar al franquiciado queda compensada por el deber del franquiciado de aceptar e implementar las estructuras y los principios organizativos del sistema de distribución. El franquiciado está, además, obligado a no comercializar o distribuir los productos de otros competidores y a tomar todas las medidas necesarias para satisfacer los intereses recíprocos. Por añadidura, el franquiciado está obligado a participar en la campaña publicitaria del franquiciador y a no desarrollar otras actividades accesorias que infrinjan la prohibición de competencia en el mismo lugar.
La implementación de estas obligaciones que surgen del acuerdo necesita a menudo la conclusión de más acuerdos (ejecución), los cuales pueden adaptarse a las necesidades respectivas de la franquicia. En este contexto, para ciertas formas específicas de franquicia, en el caso de venta de productos fabricados o seleccionados por el franquiciador, por ejemplo, el franquiciado debe concluir con el franquiciador un contrato de venta paralelo separado, para la venta de los productos correspondientes antes de venderlos a través de la red. En este sentido, los contratos de venta con el franquiciador representan estos acuerdos separados con base en el acuerdo principal de franquicia.
Forma de contrato
No es necesario que el acuerdo de franquicia esté redactado por escrito, también puede concluirse oralmente.
Contenido del contrato
Además de las obligaciones recíprocas de las partes contratantes, el acuerdo de franquicia también define claramente los productos y servicios a distribuir. Asimismo, el contenido del contrato incluye los métodos individuales de venta y distribución, los límites geográficos, los precios indicativos, la duración de la relación contractual, las posibles opciones de prórroga, las razones de extinción y los períodos de notificación, así como las obligaciones postcontractuales.
Obligaciones del franquiciador y del franquiciado
a) El acuerdo de franquicia se caracteriza por una relación especial de confianza, la cual genera obligaciones de lealtad recíproca desde la fase precontractual. Existe también un deber de información por parte del franquiciador con respecto a la franquicia (concepto de depreciación) incluso antes de la conclusión del contrato.
b) Las obligaciones generales del franquiciador son las siguientes:
Concesión de los derechos beneficiosos que ofrece de manera específica
Transferabilidad y concesión de licencias
Incorporación del franquiciado al sistema de distribución y la organización de servicios
Formación y eventos
Principio de igualdad entre franquiciados
Prestación de los productos o servicios u otros intangibles al franquiciado para integración en la red de distribución
Apoyo y asesoramiento organizativo, técnico y financiero a largo plazo sobre la operación de la franquicia
Equipamiento e instalación técnica de la franquicia
Mantenimiento y reparación de todos los sistemas operativos e instalaciones técnicas
Ubicación y protección territorial, acuerdo de exclusividad según se aplica
Especificaciones para el equipamiento y la operación del negocio de la franquicia
Manual de franquicia
Publicidad
c) Obligaciones del franquiciado:
Pago de lo que se conoce como “canon de entrada” para la cesión de los derechos y derechos beneficiosos
Pago de derechos (derecho inicial de franquicia) y porcentaje de los beneficios sobre una base individual
Promoción de ventas de los productos y servicios del franquiciador a través de la contribución personal del franquiciado (deber de promover las ventas según las instrucciones)
Implementación del concepto de ventas y uso del sistema de distribución
Obligaciones de lealtad y ejecución de las obligaciones de comprar
Protección de los intereses del franquiciador respecto a los derechos de propiedad industrial
Adherencia a los derechos de instrucción y supervisión del franquiciador, permitiendo, en particular, la supervisión por parte del franquiciador
Deber de confidencialidad y sigilo profesional
Prohibición de competencia
Deber de notificación con respecto a la operación y el sistema de ventas.
El franquiciado está, además, obligado a respetar el territorio protegido de otros franquiciados y a no ofrecer o distribuir los productos atribuidos al mismo en estos lugares (Art. 4 del reglamento 2790/1999). Por añadidura, no podrá obtener pedidos de clientes fuera de su propia ubicación (Art. 4 del reglamento 2790) y debe abastecerse exclusivamente de los productos establecidos en el contrato y definidos por el franquiciador. Los productos fabricados por terceros pueden, no obstante, distribuirse con el consentimiento del franquiciador.
Según la jurisprudencia griega, la cláusula contractual, que establece el derecho del franquiciador de llevar la contabilidad del franquiciado a fin de revisar los datos financieros ofrecidos por el franquiciado a éste, no es vinculante ya que una cláusula de este tipo recurre a una tercera parte contratante y obliga de manera desproporcionada e ilegal al franquiciado. La obligación del franquiciado de mantener una lista de clientes también se considera como restricción del libre cambio. Sin embargo, en caso de que el franquiciador tenga derecho a percibir una parte de los beneficios del franquiciado, éste último puede obligarse a enviar al franquiciador copias de todos los datos contables que tengan que ver con los ingresos mensuales.
Además, el franquiciador tiene la opción de obligar al franquiciado a tomar medidas jurídicas contra un tercero en caso de violación de los derechos que surgen del acuerdo de franquicia concedidos al franquiciado, o incluso a tomar medidas jurídicas contra terceros perseguidos legalmente por el franquiciador (Art. 3, §2c del Reglamento 4087/1988 en combinación con el §44e de las directrices de la Comisión).
En caso de violación de las obligaciones por incumplimiento o cumplimiento defectuoso, se aplicará el derecho general de cumplimiento defectuoso. En la legislación griega, se aplica la disposición del Art. 382 et seq. del Código Civil griego.
En el caso individual, una cláusula contractual puede considerarse como violación de las disposiciones sobre competencia, lo cual puede resultar en que la cláusula sea considerada como prohibida y por lo tanto sin efecto, en virtud del Art. 1 de la Ley 703/1977. Este caso se presenta, en particular, si el acuerdo de franquicia contiene disposiciones que no persiguen el objeto del acuerdo y, por lo tanto, restringen la competencia.
Duración
Según la jurisprudencia griega, se considera que una duración de 5 años es adecuada, en comparación con una duración de 25 años que obligaría de manera desproporcionada al franquiciado conllevando la violación del Art. 1 de la Ley 703/77.
En general, es posible extender la duración de la relación contractual a largo plazo. Esto requiere un acuerdo correspondiente entre las partes en el contrato, el cual puede concluirse de manera tácita. Por lo tanto, un acuerdo de franquicia concluido por una duración limitada puede considerarse como extensión tácita por un período de tiempo indeterminado, si el contrato persigue tras la expiración del período acordado.
Protección del sistema de franquicia y responsabilidad
Por otra parte, el sistema de franquicia está protegido contra terceros en virtud de lo dispuesto en la Ley 2121/1993, respecto al contenido del manual de franquicia concedido al franquiciado, y de las disposiciones sobre competencia desleal. La responsabilidad del cliente recae únicamente sobre el franquiciado en el contrato. También, de conformidad con el §823, es posible que al franquiciado le imputen responsabilidad delictual. En casos individuales, se podrían aplicar las disposiciones sobre responsabilidad de producto contenidas en la Ley 2251/1994.
Caducidad de las reclamaciones
Las reclamaciones del franquiciador contra el franquiciado por el pago de la contrapartida están sujetas a un período de limitación de 20 años según el Art. 249 del Código Civil griego.
Extinción